La periodista Iratxe Bernal explica en esta segunda entrega que "estamos obligados a legar una tercera parte de nuestro patrimonio (la legítima) a los denominados herederos forzosos. Bien es cierto que, a diferencia de lo que ocurre en las regiones que se rigen por el Derecho civil común, podemos repartir esa parte como queramos, pero, qué pasa si queremos ir más allá y privar totalmente a uno de esos herederos —por ejemplo los hijos— de la posibilidad de llevarse nada". Los notarios Lorena Lamana y Andrés Urrutia intervienen con algunas apreciaciones sobre el tema. Los suscriptores de El Correo pueden acceder a la web a partir del siguiente enlace.